Es un principio fundamental del ordenamiento jurídico español que una persona fallecida carece de la capacidad legal para llevar a cabo actos jurídicos, incluyendo la venta de una propiedad. Por lo tanto, la venta directa de una vivienda a nombre de un individuo que ha fallecido no está permitida legalmente en España. El presente informe tiene como objetivo proporcionar una guía exhaustiva para aquellas personas que buscan vender una propiedad que perteneció a un difunto. Se detallarán los procedimientos legales necesarios que deben seguirse para transferir la titularidad de la propiedad a los herederos legítimos antes de que se pueda realizar una venta válida.

Si bien el marco legal básico para la herencia y la transferencia de propiedades es consistente en toda España, este informe abordará específicamente cualquier matiz o requisito particular que pueda aplicarse dentro de la Comunidad de Madrid, tal como se indica en la consulta del usuario. Este enfoque regional es crucial, ya que ciertos aspectos, como las regulaciones del impuesto sobre sucesiones, se gestionan a nivel de la comunidad autónoma.

El informe detallará meticulosamente cada etapa del proceso, comenzando con los procedimientos iniciales de herencia, pasando por la transferencia formal de la titularidad, la documentación requerida para la venta, el papel de un albacea si se ha designado uno, las diversas implicaciones fiscales involucradas, los plazos legales críticos que deben cumplirse y, finalmente, la necesidad de una escritura pública de compraventa para formalizar la transacción. El objetivo es proporcionar una guía clara, práctica y de nivel experto para navegar por este panorama legal a menudo complejo.

La base de las transacciones inmobiliarias en España, al igual que en la mayoría de los sistemas legales, es el requisito de que las partes involucradas posean capacidad legal. Tras el fallecimiento, la capacidad legal de una persona deja de existir, lo que le impide celebrar cualquier acuerdo legalmente vinculante, incluido un contrato de compraventa de bienes inmuebles.

El Registro de la Propiedad español opera según el principio de mantener un registro claro y actualizado de la titularidad de la propiedad. Para que una venta sea válida y registrable, el vendedor debe ser el propietario actual y legalmente reconocido de la propiedad. Una persona fallecida no puede cumplir con este requisito.

El proceso de venta de una propiedad en España culmina con la firma de una escritura pública de compraventa ante un notario público. Este documento legal requiere la presencia física y la capacidad legal verificada del vendedor o vendedores para dar su consentimiento a la venta y transferir los derechos de propiedad. Una persona fallecida no puede estar presente ni dar dicho consentimiento.

El primer paso obligatorio para vender una propiedad que perteneció a una persona fallecida es completar el proceso legal de herencia (sucesión). Este proceso es esencial para transferir legalmente la titularidad de la propiedad del difunto a sus herederos legítimos. Hasta que se complete esta transferencia, los herederos no tienen la autoridad legal para vender la propiedad. El proceso de herencia generalmente implica las siguientes etapas clave:

El paso inicial e indispensable en cualquier procedimiento de herencia es obtener el certificado oficial de defunción del fallecido. Este documento sirve como prueba legal del fallecimiento y es necesario para iniciar todos los pasos posteriores. Se puede solicitar en el Registro Civil de la localidad donde ocurrió el fallecimiento. Si bien a menudo se emite de inmediato al solicitarlo en persona, el proceso puede demorar hasta 10 días hábiles en ciertas circunstancias. El certificado de defunción actúa como el desencadenante de todo el proceso de herencia. Sin él, no existe una confirmación oficial del fallecimiento y, por lo tanto, no hay base legal para proceder con la transferencia de activos.

El siguiente paso crucial es determinar si el fallecido dejó testamento. Esto se hace obteniendo un Certificado de Últimas Voluntades del Ministerio de Justicia. Este certificado indica si existe un testamento y, de ser así, el nombre del notario que lo autorizó. La solicitud de este certificado (mediante el Modelo 790) solo puede presentarse después de un período de espera de 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento (sin contar el día del fallecimiento, sábados, domingos y festivos). El certificado se suele emitir en un plazo de 10 días hábiles tras la recepción de la solicitud. La existencia o ausencia de un testamento altera fundamentalmente el proceso de herencia. Un testamento dicta la distribución de los bienes de acuerdo con los deseos del fallecido, mientras que la ausencia de un testamento conduce a la sucesión intestada, donde la ley especifica el orden de herencia.

Si el Certificado de Últimas Voluntades confirma la existencia de un testamento, los herederos legales deben obtener una copia autorizada del notario que lo autorizó. Esta copia es esencial para comprender las instrucciones del fallecido con respecto a la distribución de sus bienes, incluida la propiedad. El testamento es el documento principal que describe cómo el fallecido tenía la intención de que se distribuyeran sus bienes. Identifica a los beneficiarios y sus respectivas partes, lo cual es crucial para la posterior transferencia de titularidad.

En el caso de que el fallecido no haya dejado testamento, se hace necesario determinar legalmente quiénes son los herederos según la ley española. Esto se logra mediante un proceso llamado Declaración de Herederos. Si los herederos son descendientes, ascendientes o el cónyuge supérstite del fallecido, esta declaración se puede hacer ante un notario público. Sin embargo, si los posibles herederos son otros parientes (como hermanos o parientes más lejanos), la declaración debe hacerse mediante un proceso judicial. La ley española establece un orden específico de sucesión para determinar quiénes son los herederos legales en ausencia de testamento. La Declaración de Herederos sirve como mecanismo legal para identificar a los beneficiarios legítimos de la herencia cuando el fallecido no dejó instrucciones en un testamento. Asegura que la distribución de los bienes siga el orden de sucesión legalmente establecido.

Una vez que se han identificado los herederos legales (ya sea mediante testamento o declaración de herederos), deben aceptar formalmente la herencia. Este es un acto voluntario y legalmente significativo mediante el cual los herederos expresan su intención de heredar los bienes del fallecido. La aceptación debe hacerse formalmente, generalmente mediante una escritura pública. Los herederos tienen varias opciones: aceptar pura y simplemente (aceptando todos los bienes y deudas), aceptar a beneficio de inventario (limitando su responsabilidad por las deudas del fallecido al valor de los bienes heredados) o renunciar a la herencia por completo. La aceptación de la herencia es el momento crucial en que los herederos identificados se convierten legalmente en los nuevos propietarios de los bienes del fallecido, incluida la propiedad. Significa su asunción formal de los derechos y responsabilidades asociados con la herencia.

Antes de aceptar formalmente la herencia, es prudente que los herederos creen un inventario exhaustivo de todos los bienes del fallecido, así como de cualquier deuda pendiente. Este inventario proporciona una comprensión clara del estado financiero del patrimonio y ayuda a los herederos a tomar una decisión informada sobre si aceptar o renunciar a la herencia, particularmente si existen preocupaciones sobre el valor de las deudas que potencialmente exceden el valor de los bienes. El inventario de bienes y deudas permite a los herederos evaluar el valor neto de la herencia. Esta diligencia debida es crucial, ya que aceptar una herencia también puede significar asumir las obligaciones financieras del fallecido.

Si bien el proceso legal fundamental de herencia se rige por la ley nacional, la Comunidad de Madrid, al igual que otras comunidades autónomas en España, tiene sus propias regulaciones específicas, particularmente en lo que respecta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Las tasas impositivas aplicables, las deducciones y los posibles beneficios fiscales pueden variar significativamente entre las diferentes comunidades autónomas. En Madrid, a menudo existen ventajas fiscales específicas disponibles para los familiares directos que heredan propiedades.

Además, si la propiedad heredada fue adquirida originalmente a través de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, pueden existir procedimientos y requisitos administrativos específicos para cambiar la titularidad en caso de fallecimiento del propietario original. Estos procedimientos a menudo implican que el heredero cumpla con ciertos criterios de elegibilidad y presente documentación específica a la Agencia. La existencia de regulaciones fiscales específicas de la comunidad autónoma subraya la importancia de buscar asesoramiento legal y financiero adaptado a la ubicación específica de la propiedad heredada. Los herederos que heredan propiedades en Madrid deben preguntar específicamente sobre los beneficios y regulaciones fiscales actuales aplicables en la Comunidad de Madrid. Los procedimientos administrativos separados para las propiedades adquiridas a través de la Agencia de Vivienda Social de Madrid indican que la naturaleza de la titularidad de la propiedad y la entidad de la que se adquirió originalmente pueden influir en el proceso de transferencia de la titularidad tras el fallecimiento. Los herederos deben determinar si la propiedad heredada se encuentra bajo algún régimen administrativo específico y cumplir con los procedimientos pertinentes.

La transferencia legal formal de la titularidad de la propiedad del difunto a los herederos legítimos se realiza típicamente mediante una escritura pública de aceptación y adjudicación de herencia. Este documento es firmado por los herederos ante un notario público y registra oficialmente la transferencia de titularidad según las disposiciones del testamento del difunto o la declaración legal de herederos en casos de sucesión intestada.

Una vez que se ha ejecutado esta escritura pública y se han liquidado los impuestos de herencia pertinentes (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el pago inicial de la Plusvalía Municipal), los herederos están en condiciones de inscribir la propiedad a su nombre en el Registro de la Propiedad. Esta inscripción es un paso crucial, ya que reconoce oficialmente a los herederos como los propietarios legales de la propiedad frente a terceros y les otorga plenos derechos legales sobre la misma. La escritura pública de aceptación y adjudicación de herencia sirve como instrumento legal formal que efectúa la transferencia de titularidad del patrimonio del difunto a los herederos. Sin esta escritura, los herederos no son reconocidos oficialmente como los propietarios de la propiedad en términos legales. La inscripción de la escritura pública en el Registro de la Propiedad proporciona una seguridad jurídica crucial para los nuevos propietarios. Hace que la transferencia de titularidad sea pública y legalmente vinculante, protegiendo los derechos de los herederos contra posibles reclamaciones o disputas futuras.

Después de que se haya completado el proceso de herencia y la propiedad esté oficialmente registrada a nombre de los herederos, se necesitarán varios documentos legales para proceder con la venta de la propiedad a un tercero. Estos suelen incluir:

  • La Escritura de Propiedad: Este es el documento oficial que prueba que los herederos son los propietarios legales actuales de la propiedad, según consta en el Registro de la Propiedad.
  • El Certificado de Eficiencia Energética: Este certificado es obligatorio para vender o alquilar cualquier propiedad en España y proporciona información sobre la calificación de eficiencia energética de la propiedad.
  • La Cédula de Habitabilidad: Este documento, emitido por el ayuntamiento local, certifica que la propiedad cumple con los estándares mínimos de salud y seguridad para la habitación humana. Si bien su requisito puede variar según la comunidad autónoma, generalmente se necesita en Madrid.
  • Justificante del Pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): El recibo más reciente del IBI demuestra que los impuestos sobre la propiedad están al día.
  • Certificado de Titularidad y Cargas: Este certificado, obtenido del Registro de la Propiedad, proporciona información actualizada sobre el estado legal de la propiedad, incluida la confirmación de la titularidad y los detalles de cualquier carga o gravamen existente, como las hipotecas.
  • Estatutos de la Comunidad de Propietarios (si corresponde) y Justificante del Pago de las Cuotas de Comunidad: Si la propiedad forma parte de un edificio con servicios compartidos, los estatutos y el justificante de los pagos de cuotas actuales pueden ser necesarios.
  • Documentos Nacionales de Identidad (DNI/NIE) de todos los Herederos Vendedores: Estos son necesarios para fines de identificación durante el proceso de venta.

El requisito de este conjunto específico de documentos subraya la necesidad de que los herederos hayan completado completamente el proceso de herencia y se aseguren de que la propiedad esté legal y administrativamente en orden antes de intentar venderla. Estos documentos brindan a los compradores potenciales la seguridad sobre el estado legal y la condición de la propiedad. La posible necesidad de documentos relacionados con una comunidad de propietarios destaca que el tipo específico de propiedad que se vende (por ejemplo, un apartamento dentro de una comunidad) puede influir en la documentación requerida para el proceso de venta.

Si el fallecido designó un albacea en su testamento, esta persona tiene la responsabilidad de administrar el patrimonio del fallecido y garantizar que se cumplan sus deseos, tal como se expresan en el testamento.

En general, el poder de un albacea para vender propiedades pertenecientes al patrimonio es limitado. Por lo general, solo pueden hacerlo si han sido autorizados expresamente para vender en el testamento del fallecido, o si la venta se considera necesaria para pagar las deudas pendientes del patrimonio o para cumplir con otras instrucciones específicas establecidas en el testamento.

A menos que el testamento otorgue explícitamente al albacea el poder de vender propiedades, generalmente necesitará obtener el consentimiento y la cooperación de los herederos legales antes de proceder con la venta de la propiedad heredada.

El albacea tiene el deber fiduciario de actuar en el mejor interés de la herencia y de los herederos, y se espera que ejerza sus responsabilidades con transparencia y rendición de cuentas. El papel principal del albacea es administrar el patrimonio de acuerdo con los deseos del testador. Su autoridad para vender propiedades no es automática y requiere una autorización explícita en el testamento o una necesidad demostrable para la correcta administración del patrimonio. El requisito habitual del consentimiento de los herederos para que el albacea venda una propiedad subraya el principio de que los beneficiarios finales del patrimonio generalmente conservan el poder de decisión con respecto a la disposición de los bienes heredados, a menos que el testamento especifique lo contrario.

La herencia de una propiedad en España desencadena la obligación de pagar varios impuestos:

  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD): Este impuesto grava el valor de la propiedad y otros bienes heredados por cada heredero. El importe a pagar está determinado por varios factores, incluido el valor total de la herencia, el grado de parentesco entre el heredero y el fallecido, y las regulaciones específicas de la comunidad autónoma donde el fallecido tenía su residencia habitual. La Comunidad de Madrid a menudo ofrece ciertos beneficios o reducciones fiscales para los familiares directos. El plazo estándar para pagar este impuesto es de seis meses a partir de la fecha del fallecimiento, aunque se puede conceder una prórroga de hasta otros seis meses previa solicitud oportuna.
  • Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía Municipal): Este impuesto local lo impone el ayuntamiento donde se encuentra la propiedad y se calcula en función del aumento del valor del terreno desde el momento en que el fallecido adquirió la propiedad hasta la fecha de su fallecimiento. Este impuesto es responsabilidad de los herederos. El plazo de pago también suele ser de seis meses a partir de la fecha del fallecimiento, con posibilidad de prórrogas.

Posteriormente, la venta de la propiedad heredada también conlleva obligaciones fiscales:

  • Plusvalía Municipal: Este impuesto se vuelve a imponer cuando los herederos venden la propiedad. En este caso, se calcula sobre el aumento del valor del terreno desde la fecha en que los herederos heredaron la propiedad hasta la fecha de la venta. Los vendedores (los herederos) son responsables de pagar este impuesto. Es de destacar que, si la venta se realiza dentro del mismo año fiscal que la herencia, podría ser posible evitar el pago de este impuesto por segunda vez.
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Si el precio de venta de la propiedad supera su valor en el momento de la herencia (el valor declarado a efectos del Impuesto sobre Sucesiones), los herederos estarán obligados a pagar el Impuesto sobre la Renta sobre la ganancia obtenida de la venta. El tipo impositivo aplicable está determinado por el importe de la ganancia patrimonial y se basa en las tramos del impuesto sobre la renta vigentes en el año en que se realiza la venta. A efectos del cálculo del IRPF sobre la propiedad heredada, la fecha de adquisición se considera la fecha del fallecimiento del causante.
Importe de la Ganancia Patrimonial (€)Tipo Impositivo (%)
Hasta 6.00019
6.001 a 50.00021
50.001 a 200.00023
200.001 a 300.00027
Más de 300.00028

La intrincada red de impuestos asociados tanto a la herencia como a la venta de propiedades en España subraya las considerables implicaciones financieras que los herederos deben estar preparados para afrontar. Una planificación cuidadosa y la comprensión de estas obligaciones fiscales y sus respectivos plazos son esenciales para evitar posibles sanciones y maximizar el beneficio financiero de la venta. La posibilidad de un doble pago del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía Municipal) –una vez al heredar la propiedad y otra al venderla– es un punto crítico que los herederos deben tener en cuenta. Explorar la posibilidad de vender dentro del mismo año fiscal que la herencia podría ofrecer una estrategia legítima para mitigar potencialmente esta doble imposición.

Los herederos que gestionan una propiedad heredada deben tener en cuenta varios plazos legales importantes a lo largo del proceso:

  • Plazo para Solicitar el Certificado de Últimas Voluntades: La solicitud de este certificado no puede presentarse hasta que hayan transcurrido al menos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento del causante.
  • Plazo para Pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD): El plazo estándar para liquidar este impuesto es de seis meses a partir de la fecha del fallecimiento del causante. Sin embargo, a menudo es posible solicitar una prórroga por seis meses adicionales, siempre que la solicitud se realice dentro del período inicial de seis meses.
  • Plazo para Pagar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía Municipal) tras la Herencia: Al igual que el ISD, el plazo para pagar este impuesto suele ser de seis meses a partir de la fecha del fallecimiento del causante, y pueden ser posibles prórrogas.
  • Plazo para Comunicar el Cambio de Titularidad en el Catastro de Madrid: En la Comunidad de Madrid, el cambio de titularidad de la propiedad debido al fallecimiento debe comunicarse al Catastro en un plazo de dos meses desde la fecha del fallecimiento.
  • Plazo para Inscribir la Propiedad Heredada en el Registro de la Propiedad: Si bien no existe un plazo legal estricto para inscribir la propiedad heredada inmediatamente después de recibirla, es muy recomendable hacerlo lo antes posible para garantizar la seguridad jurídica. Existe una directriz general para completar la inscripción en un plazo de dos años a partir de la fecha del fallecimiento para evitar posibles complicaciones futuras.
  • Plazo para Reclamar la Herencia: Si la herencia no es reclamada formalmente por los herederos dentro de los 30 años siguientes al fallecimiento del causante, el Estado español podría potencialmente reclamar la propiedad.

La existencia de estos plazos específicos, particularmente para los pagos de impuestos, subraya la importancia de que los herederos actúen con prontitud y eficiencia tras el fallecimiento de un ser querido para evitar incurrir en sanciones, cargos por intereses u otras complicaciones legales. Si bien el requisito legal de esperar un período específico (anteriormente de 2 o 5 años) antes de vender una propiedad heredada fue abolido en septiembre de 2021 , las cuestiones prácticas de completar los procedimientos de herencia necesarios, incluida la obtención de documentación, el pago de impuestos y la inscripción de la propiedad a nombre de los herederos, significan que una venta inmediata podría no siempre ser factible. El cronograma real para la venta dependerá de la rapidez con que se puedan completar estos pasos preliminares.

Para formalizar legalmente la venta de la propiedad heredada a un comprador, es obligatorio otorgar una escritura pública de compraventa ante un notario público. Este documento legal sirve para formalizar el acuerdo entre los herederos vendedores y el comprador, detallando todos los términos y condiciones esenciales de la transacción, incluido el precio de venta acordado y la transferencia formal de los derechos de propiedad.

El notario público desempeña un papel crucial en este proceso al verificar la identidad y la capacidad legal de todas las partes involucradas en la venta, asegurándose de que la propiedad esté libre de cualquier carga o gravamen legal no revelado (en base a la información proporcionada en el Certificado de Titularidad y Cargas), y presenciando la firma de la escritura pública por todas las partes.

Tras la firma de la escritura pública de compraventa, se presenta típicamente al Registro de la Propiedad para la inscripción oficial de la nueva titularidad a favor del comprador. Esta inscripción proporciona al comprador seguridad jurídica y confirmación pública de su titularidad de la propiedad. La escritura pública de compraventa es el instrumento legal fundamental que transfiere legalmente la titularidad de los bienes inmuebles en España. Proporciona un registro formal y legalmente vinculante de la transacción, protegiendo los derechos tanto del comprador como del vendedor. La participación de un notario público en la ejecución de la escritura pública de compraventa proporciona una importante capa de supervisión y seguridad jurídica para la transacción. Las responsabilidades del notario incluyen verificar la legalidad de la venta, confirmar la identidad y la capacidad legal de las partes, y asegurarse de que se cumplan todos los requisitos legales, salvaguardando así los intereses tanto del vendedor como del comprador.

En conclusión, no es legalmente posible vender una casa directamente a nombre de una persona fallecida en España. Los herederos legales deben primero llevar a cabo los trámites de herencia necesarios para convertirse en los propietarios legales reconocidos de la propiedad.

Este proceso implica varios pasos clave, que incluyen la obtención de los documentos oficiales requeridos (certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y el testamento del fallecido o una declaración de herederos), la aceptación formal de la herencia, la liquidación de los impuestos pertinentes (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el pago inicial del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana), y la inscripción oficial de la propiedad a su nombre en el Registro de la Propiedad.

Una vez que la propiedad esté legalmente inscrita a nombre de los herederos, tendrán la autoridad legal para proceder con la venta de la propiedad a un comprador tercero. Esta venta final requerirá la ejecución de una escritura pública de compraventa ante un notario público y también generará obligaciones fiscales adicionales, incluido un segundo pago del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y potencialmente el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre cualquier ganancia obtenida de la venta.

Las personas que hereden propiedades en la Comunidad de Madrid deben prestar especial atención a cualquier regulación regional específica que pueda aplicarse, especialmente en lo que respecta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y a cualquier procedimiento administrativo específico que pueda ser relevante según la naturaleza de la propiedad heredada.

Recomendaciones para el Usuario:

  • Iniciar el Proceso de Herencia Sin Demora: Comience por obtener el certificado de defunción oficial y solicite de inmediato el Certificado de Últimas Voluntades.
  • Buscar Asesoramiento Legal Profesional: Se recomienda encarecidamente consultar con un abogado cualificado que se especialice en derecho sucesorio e inmobiliario español, particularmente uno con experiencia en la Comunidad de Madrid. Pueden proporcionar asesoramiento personalizado y guiarle a través de las complejidades del proceso, asegurándose de que se cumplan todos los requisitos legales y se eviten posibles escollos.
  • Recopilar Meticulosamente Toda la Documentación Necesaria: Asegúrese de recopilar todos los documentos requeridos para cada etapa del proceso y mantenga registros organizados.
  • Comprender y Planificar las Obligaciones Fiscales: Familiarícese con todas las implicaciones fiscales asociadas tanto con la herencia como con la venta de la propiedad, y realice una planificación financiera adecuada para cumplir con los plazos de pago.
  • Asegurar una Comunicación Clara y Acuerdo Entre los Herederos (si corresponde): Si hay varios herederos, es crucial establecer canales de comunicación claros y asegurarse de que todos los herederos estén de acuerdo con la decisión de vender la propiedad y los términos de la venta. Si surgen desacuerdos, considere buscar mediación o, como último recurso, intervención legal.
  • Obtener una Valoración Profesional de la Propiedad: Antes de poner la propiedad en el mercado, obtenga una valoración profesional para determinar un precio de venta justo y competitivo.
  • Considerar la Contratación de un Agente Inmobiliario de Confianza: Un agente inmobiliario local con experiencia en la venta de propiedades heredadas en Madrid puede brindar una valiosa ayuda con la comercialización de la propiedad, la búsqueda de compradores potenciales y la gestión del proceso de venta.
  • Obtener los Certificados de Propiedad Necesarios: Asegúrese de haber obtenido todos los certificados requeridos para la venta de la propiedad, como el Certificado de Eficiencia Energética y la Cédula de Habitabilidad.
  • Considerar la Aceptación de la Herencia a Beneficio de Inventario: Si existen preocupaciones sobre posibles deudas del fallecido, considere la opción de aceptar la herencia «a beneficio de inventario» para limitar su responsabilidad.
  • Cumplir Estrictamente con los Plazos Legales: Esté atento a todos los plazos legales asociados con los procesos de herencia y venta para evitar sanciones y complicaciones.

Formalizar la Venta con una Escritura Pública: Asegúrese de que la venta final de la propiedad se formalice mediante la ejecución de una escritura pública de compraventa ante un notario público y que la escritura se inscriba posteriormente en el Registro de la Propiedad.